RESICO Otras Actividades 2027

Actividades adicionales elegibles para el Régimen Simplificado de Confianza, exclusiones e ingresos mixtos.

Otras actividades elegibles para RESICO

Además de las actividades principales —servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento y plataformas digitales—, el RESICO admite personas físicas con ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y otras actividades del sector primario. También pueden tributar en RESICO quienes combinan múltiples fuentes de ingreso, siempre que la suma anual no supere los 3.5 millones de pesos.

El pago mensual se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados, con tasas del 1% al 2.5%. Los contribuyentes del sector primario gozan de beneficios adicionales, como la exención de ISR sobre ingresos de hasta 900,000 pesos anuales. El pago se realiza el día 17 del mes siguiente. Si cae en día inhábil, se extiende al siguiente día hábil.

Exclusiones del RESICO

No pueden tributar en RESICO las siguientes personas físicas:

Próximos plazos RESICO

Plazos RESICO SAT 2027

Fecha límite Modelo Nombre Periodicidad Categoría Fuente
17/01/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2026 mensual isr AEAT
17/02/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2026 mensual isr AEAT
17/02/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2027 mensual isr AEAT
17/03/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2027 mensual isr AEAT
17/03/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2027 mensual isr AEAT
17/04/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2027 mensual isr AEAT
19/04/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2027 mensual isr AEAT
17/05/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2027 mensual isr AEAT
17/05/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2027 mensual isr AEAT
17/06/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2027 mensual isr AEAT
17/06/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2027 mensual isr AEAT
17/07/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2027 mensual isr AEAT
19/07/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2027 mensual isr AEAT
17/08/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2027 mensual isr AEAT
17/08/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2027 mensual isr AEAT
17/09/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2027 mensual isr AEAT
17/09/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2027 mensual isr AEAT
17/10/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2027 mensual isr AEAT
18/10/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2027 mensual isr AEAT
17/11/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2027 mensual isr AEAT
17/11/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2027 mensual isr AEAT
17/12/2027 ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2027 mensual isr AEAT
17/12/2027 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2027 mensual isr AEAT

Consulta el calendario completo del RESICO para ver todas las obligaciones del régimen con vista trimestral y exportación a calendario.

Preguntas frecuentes sobre otras actividades en RESICO

¿Qué otras actividades son elegibles para el RESICO?

Además de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento y plataformas digitales, pueden tributar en RESICO personas físicas con ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y otras actividades del sector primario. También aplica para quienes combinan varias fuentes de ingreso, siempre que el total anual no supere los 3.5 millones de pesos.

¿Qué contribuyentes no pueden tributar en RESICO?

No pueden tributar en RESICO: socios o accionistas de personas morales (salvo sector primario o PM en RESICO), quienes obtengan ingresos por sueldos y salarios como única fuente, contribuyentes con ingresos por intereses o dividendos que superen el 5% de sus ingresos totales, residentes en el extranjero, miembros del sistema financiero, y quienes hayan sido excluidos del RESICO en los últimos 5 años por incumplimiento.

¿Se pueden combinar ingresos de diferentes actividades en RESICO?

Sí. Una persona física puede obtener ingresos de múltiples actividades (por ejemplo, servicios profesionales y arrendamiento, o actividades empresariales y plataformas digitales) y tributar todo bajo RESICO. El requisito fundamental es que la suma total de todos los ingresos no supere los 3.5 millones de pesos anuales. Si se superan, todos los ingresos pasan al régimen general a partir del ejercicio siguiente.