RESICO Otras Actividades 2025

Actividades adicionales elegibles para el Régimen Simplificado de Confianza, exclusiones e ingresos mixtos.

Otras actividades elegibles para RESICO

Además de las actividades principales —servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento y plataformas digitales—, el RESICO admite personas físicas con ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y otras actividades del sector primario. También pueden tributar en RESICO quienes combinan múltiples fuentes de ingreso, siempre que la suma anual no supere los 3.5 millones de pesos.

El pago mensual se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados, con tasas del 1% al 2.5%. Los contribuyentes del sector primario gozan de beneficios adicionales, como la exención de ISR sobre ingresos de hasta 900,000 pesos anuales. El pago se realiza el día 17 del mes siguiente. Si cae en día inhábil, se extiende al siguiente día hábil.

Exclusiones del RESICO

No pueden tributar en RESICO las siguientes personas físicas:

Próximos plazos RESICO

Plazos RESICO SAT 2025

Fecha límite Modelo Nombre Periodicidad Categoría Fuente
17/01/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2024 mensual isr AEAT
17/02/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2024 mensual isr AEAT
17/02/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2025 mensual isr AEAT
17/03/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2025 mensual isr AEAT
18/03/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2025 mensual isr AEAT
17/04/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2025 mensual isr AEAT
17/04/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2025 mensual isr AEAT
17/05/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2025 mensual isr AEAT
19/05/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2025 mensual isr AEAT
17/06/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2025 mensual isr AEAT
17/06/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2025 mensual isr AEAT
17/07/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2025 mensual isr AEAT
17/07/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2025 mensual isr AEAT
17/08/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2025 mensual isr AEAT
18/08/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2025 mensual isr AEAT
17/09/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2025 mensual isr AEAT
17/09/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2025 mensual isr AEAT
17/10/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2025 mensual isr AEAT
17/10/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2025 mensual isr AEAT
17/11/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2025 mensual isr AEAT
18/11/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2025 mensual isr AEAT
17/12/2025 ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2025 mensual isr AEAT
17/12/2025 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2025 mensual isr AEAT

Consulta el calendario completo del RESICO para ver todas las obligaciones del régimen con vista trimestral y exportación a calendario.

Preguntas frecuentes sobre otras actividades en RESICO

¿Qué otras actividades son elegibles para el RESICO?

Además de servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento y plataformas digitales, pueden tributar en RESICO personas físicas con ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura, pesca y otras actividades del sector primario. También aplica para quienes combinan varias fuentes de ingreso, siempre que el total anual no supere los 3.5 millones de pesos.

¿Qué contribuyentes no pueden tributar en RESICO?

No pueden tributar en RESICO: socios o accionistas de personas morales (salvo sector primario o PM en RESICO), quienes obtengan ingresos por sueldos y salarios como única fuente, contribuyentes con ingresos por intereses o dividendos que superen el 5% de sus ingresos totales, residentes en el extranjero, miembros del sistema financiero, y quienes hayan sido excluidos del RESICO en los últimos 5 años por incumplimiento.

¿Se pueden combinar ingresos de diferentes actividades en RESICO?

Sí. Una persona física puede obtener ingresos de múltiples actividades (por ejemplo, servicios profesionales y arrendamiento, o actividades empresariales y plataformas digitales) y tributar todo bajo RESICO. El requisito fundamental es que la suma total de todos los ingresos no supere los 3.5 millones de pesos anuales. Si se superan, todos los ingresos pasan al régimen general a partir del ejercicio siguiente.