RESICO Servicios Profesionales 2026

Calendario fiscal SAT para profesionistas independientes en el Régimen Simplificado de Confianza.

¿Quiénes tributan como RESICO por servicios profesionales?

El RESICO para servicios profesionales está dirigido a personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, consultoría, asesoría y actividades profesionales independientes. Incluye médicos, abogados, contadores, ingenieros, arquitectos, diseñadores, programadores, consultores de tecnología, traductores y cualquier profesionista que preste servicios de forma autónoma, siempre que sus ingresos anuales no superen los 3.5 millones de pesos.

A diferencia del régimen general de personas físicas, el RESICO ofrece tasas de ISR del 1% al 2.5% sobre ingresos facturados y cobrados, sin posibilidad de deducir gastos. El pago mensual es definitivo —no requiere ajuste anual— y los profesionistas no están obligados a llevar contabilidad electrónica ni a enviar la balanza de comprobación al SAT.

Requisitos para profesionistas en RESICO

Límite de ingresos

Hasta 3.5 millones de pesos anuales. Si se supera este límite, el SAT trasladará al contribuyente al régimen general a partir del ejercicio siguiente.

CFDI obligatorio

Todos los servicios profesionales deben estar respaldados por un CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) con el catálogo de uso de CFDI correspondiente.

Sin contabilidad electrónica

Los profesionistas en RESICO no presentan contabilidad electrónica, balanza de comprobación ni DIOT. Solo requieren el buzón tributario habilitado.

Próximos plazos RESICO

Plazos RESICO SAT 2026

Fecha límite Modelo Nombre Periodicidad Categoría Fuente
17/01/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2025 mensual isr AEAT
17/02/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2025 mensual isr AEAT
17/02/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2026 mensual isr AEAT
17/03/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2026 mensual isr AEAT
17/03/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2026 mensual isr AEAT
17/04/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2026 mensual isr AEAT
17/04/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2026 mensual isr AEAT
17/05/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2026 mensual isr AEAT
18/05/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2026 mensual isr AEAT
17/06/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2026 mensual isr AEAT
17/06/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2026 mensual isr AEAT
17/07/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2026 mensual isr AEAT
17/07/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2026 mensual isr AEAT
17/08/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2026 mensual isr AEAT
17/08/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2026 mensual isr AEAT
17/09/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2026 mensual isr AEAT
17/09/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2026 mensual isr AEAT
17/10/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2026 mensual isr AEAT
19/10/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2026 mensual isr AEAT
17/11/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2026 mensual isr AEAT
17/11/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2026 mensual isr AEAT
17/12/2026 ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2026 mensual isr AEAT
17/12/2026 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2026 mensual isr AEAT

Consulta el calendario completo del RESICO para ver todas las obligaciones del régimen, o explora las páginas por actividad: actividades empresariales, arrendamiento, plataformas digitales y otras actividades.

Preguntas frecuentes sobre RESICO para servicios profesionales

¿Qué profesionistas pueden tributar en RESICO por servicios profesionales?

Pueden tributar en RESICO las personas físicas que obtengan ingresos por honorarios, consultoría, asesoría, servicios técnicos y cualquier actividad profesional independiente, siempre que sus ingresos anuales no superen los 3.5 millones de pesos. Incluye médicos, abogados, contadores, ingenieros, diseñadores, programadores y otros profesionistas que emitan CFDI por honorarios. No es necesario estar colegiado para acceder al régimen.

¿Qué obligaciones fiscales tiene un profesionista en RESICO?

Los profesionistas en RESICO deben realizar el pago mensual de ISR a más tardar el día 17 del mes siguiente, emitir CFDI por todos sus servicios, mantener habilitado el buzón tributario y presentar la declaración anual solo si obtienen ingresos adicionales fuera del RESICO. No requieren contabilidad electrónica ni enviar balanza de comprobación al SAT, lo que simplifica enormemente la carga administrativa frente al régimen general de personas físicas.

¿Cuáles son las tasas de ISR del RESICO para servicios profesionales en 2026?

Las tasas de ISR para personas físicas en RESICO son fijas y progresivas: 1% para ingresos mensuales hasta $25,000 MXN, 1.1% de $25,001 a $50,000, 1.5% de $50,001 a $83,333, y hasta 2.5% para montos superiores. Estas tasas son significativamente menores que el régimen general, donde la tasa marginal puede alcanzar el 35%. El pago es definitivo, sin necesidad de ajuste anual.