Calendario de renta personas naturales 2026

Vencimientos del Formulario 210 según grupo NIT — DIAN Colombia.

Declaración de renta para personas naturales

La declaración de renta de personas naturales se presenta mediante el Formulario 210 ante la DIAN. Están obligados a declarar quienes superen los umbrales fijados por el Estatuto Tributario: patrimonio bruto superior a 4.500 UVT o ingresos brutos superiores a 1.400 UVT durante el año gravable. También deben declarar quienes hayan realizado consumos con tarjeta de crédito, compras totales o consignaciones bancarias por encima de los topes establecidos.

Los vencimientos se distribuyen en varios grupos según los últimos dos dígitos del NIT o cédula. Cada grupo tiene una fecha límite distinta, generalmente entre agosto y octubre. Esta programación se establece mediante el Decreto de Plazos que la DIAN publica cada año. Para el ejercicio gravable 2025, los plazos se extienden típicamente durante 3 grupos de vencimiento.

Quienes opten por el Régimen Simple de Tributación (RST) no presentan el Formulario 210, sino que realizan anticipos bimestrales mediante el Formulario 2593. Si necesitas verificar si alguna fecha cae en festivo, consulta los festivos de Colombia 2026. También puedes explorar el calendario general en la página de vencimientos por NIT.

Grupos NIT para renta personas naturales

Próximos vencimientos de renta 2026

Timeline renta personas naturales 2026

IVA IRPF Sociedades Retenciones Informativas Especiales

Enero

Sin plazos

Febrero

Sin plazos

Marzo

Sin plazos

Abril

Sin plazos

Mayo

Sin plazos

Junio

Sin plazos

Julio

Sin plazos

Agosto

  • 11 210 Renta Personas Naturales - Grupo 1 NIT renta

Septiembre

  • 08 210 Renta Personas Naturales - Grupo 2 NIT renta

Octubre

  • 21 210 Renta Personas Naturales - Grupo 3 NIT renta

Noviembre

Sin plazos

Diciembre

Sin plazos

1T 2026

No hay plazos en este trimestre.

2T 2026

No hay plazos en este trimestre.

3T 2026

  • 11/8 Modelo 210 Renta Personas Naturales - Grupo 1 NIT
  • 8/9 Modelo 210 Renta Personas Naturales - Grupo 2 NIT

4T 2026

  • 21/10 Modelo 210 Renta Personas Naturales - Grupo 3 NIT

Preguntas frecuentes sobre renta personas naturales 2026

¿Quiénes deben declarar renta como persona natural en 2026?

Deben declarar renta las personas naturales cuyo patrimonio bruto al 31 de diciembre del año gravable supere 4.500 UVT, o cuyos ingresos brutos superen 1.400 UVT. También están obligados quienes hayan realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT, compras superiores a 1.400 UVT o consignaciones bancarias superiores a 1.400 UVT durante el año gravable.

¿Qué es el Formulario 210 de la DIAN?

El Formulario 210 es la declaración de renta y complementarios para personas naturales residentes y sucesiones ilíquidas. Incluye la liquidación del impuesto sobre la renta, ganancias ocasionales y el anticipo del año siguiente. Se presenta anualmente a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, y el vencimiento depende de los últimos dígitos del NIT.

¿Cómo afectan los festivos al vencimiento de renta?

Si la fecha de vencimiento de la declaración de renta coincide con un sábado, domingo o día festivo, el plazo se extiende automáticamente al siguiente día hábil. Utiliza la calculadora de días laborables para verificar la fecha efectiva de tu vencimiento.

¿Cuál es la sanción por no declarar renta a tiempo?

La declaración extemporánea genera una sanción por extemporaneidad del 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso, sin superar el 100 % del impuesto (art. 641 del Estatuto Tributario). Si no hay impuesto a cargo, la sanción es del 0,5 % de los ingresos brutos por cada mes de retraso. Además, se acumulan intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento. Si la DIAN emite un emplazamiento para declarar, la sanción se incrementa al 10 % por mes (art. 642 del Estatuto Tributario).

¿Se puede solicitar plazo adicional para presentar la renta?

No existe un mecanismo de prórroga individual para la declaración de renta en Colombia. Sin embargo, la DIAN puede ampliar los plazos de forma general mediante resolución en circunstancias excepcionales (como emergencias sanitarias o desastres naturales). En caso de no poder pagar el impuesto, se puede presentar la declaración sin pago y solicitar un acuerdo de pago ante la DIAN para fraccionar la deuda, aunque se generan intereses moratorios.