Calendario fiscal SAT 2027 - RESICO

Pagos mensuales del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ante el SAT, organizados por trimestre.

El Régimen Simplificado de Confianza

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) fue creado en 2022 como parte de la reforma fiscal para simplificar el cumplimiento tributario de pequeños y medianos contribuyentes. Está disponible para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y para personas morales con hasta 35 millones. Las tasas de ISR van del 1% al 2.5% para personas físicas, significativamente menores que las del régimen general (hasta 35%).

El pago mensual se realiza el día 17 del mes siguiente al periodo declarado y es definitivo para personas físicas —no requiere ajuste anual. Las personas físicas en RESICO no están obligadas a llevar contabilidad electrónica ni a enviarla al SAT, lo que reduce drásticamente la carga administrativa. Sin embargo, sí deben emitir CFDI por todas sus operaciones y tener habilitado su buzón tributario. Cuando el día 17 cae en día inhábil, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

Timeline RESICO SAT 2027

IVA IRPF Sociedades Retenciones Informativas Especiales

Enero

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2026 isr

Febrero

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2026 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2027 isr

Marzo

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2027 isr

Abril

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2027 isr
  • 19 ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2027 isr

Mayo

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2027 isr

Junio

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2027 isr

Julio

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2027 isr
  • 19 ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2027 isr

Agosto

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2027 isr

Septiembre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2027 isr

Octubre

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2027 isr
  • 18 ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2027 isr

Noviembre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2027 isr

Diciembre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2027 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2027 isr

1T 2027

  • 17/1 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2026
  • 17/2 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2026
  • 17/2 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2027
  • 17/3 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2027
  • 17/3 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2027

2T 2027

  • 17/4 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2027
  • 19/4 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2027
  • 17/5 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2027
  • 17/5 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2027
  • 17/6 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2027
  • 17/6 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2027

3T 2027

  • 17/7 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2027
  • 19/7 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2027
  • 17/8 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2027
  • 17/8 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2027
  • 17/9 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2027
  • 17/9 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2027

4T 2027

  • 17/10 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2027
  • 18/10 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2027
  • 17/11 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2027
  • 17/11 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2027
  • 17/12 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2027
  • 17/12 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2027

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Obligaciones clave para RESICO

Perfiles fiscales (2027)

Próximos plazos (RESICO)

Preguntas frecuentes sobre el RESICO

¿Qué es el RESICO y quién puede tributar en él?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) está diseñado para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y para personas morales con ingresos de hasta 35 millones. Ofrece tasas reducidas de ISR (del 1% al 2.5% para personas físicas) y un cálculo simplificado con pagos mensuales definitivos. Fue creado en 2022 como parte de la reforma fiscal para facilitar el cumplimiento tributario.

¿Cuándo se pagan los impuestos del RESICO?

Los contribuyentes del RESICO realizan pagos mensuales de ISR a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo declarado. En 2027 se aplican las escalas de tasas fijas publicadas por el SAT en la Ley del ISR. Si el día 17 cae en día inhábil, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

¿Debe presentarse declaración anual en el RESICO?

Las personas físicas en RESICO no están obligadas a presentar declaración anual si sus únicos ingresos son los del régimen y han realizado todos sus pagos mensuales. Sin embargo, si obtienen otros ingresos externos al RESICO, deben presentar declaración anual entre enero y abril del año siguiente. Las personas morales en RESICO sí presentan declaración anual en marzo.

¿Qué tasas de ISR aplica el RESICO para personas físicas?

El RESICO para personas físicas aplica tasas fijas progresivas según el ingreso mensual: 1% hasta $25,000 MXN, 1.1% de $25,001 a $50,000, 1.5% de $50,001 a $83,333, y hasta 2.5% para ingresos superiores. Estas tasas son significativamente menores que las del régimen general de personas físicas, donde la tasa marginal puede llegar al 35%.

¿Qué pasa si supero el límite de ingresos del RESICO?

Si una persona física supera los 3.5 millones de pesos de ingresos anuales, el SAT la cambia automáticamente al régimen general de personas físicas a partir del ejercicio siguiente. Para personas morales, el límite es de 35 millones. El cambio implica asumir todas las obligaciones del régimen general, incluyendo contabilidad electrónica y pagos provisionales con coeficiente de utilidad.

¿El RESICO requiere contabilidad electrónica?

Las personas físicas en RESICO no están obligadas a llevar contabilidad electrónica ni a enviarla al SAT, lo que simplifica considerablemente sus obligaciones administrativas. Sin embargo, las personas morales en RESICO sí deben llevar contabilidad electrónica. Ambos tipos de contribuyentes deben emitir CFDI por todas sus operaciones. Consulta todos los plazos en el calendario fiscal completo.