Calendario fiscal SAT 2025 - RESICO

Pagos mensuales del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ante el SAT, organizados por trimestre.

El Régimen Simplificado de Confianza

El RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) fue creado en 2022 como parte de la reforma fiscal para simplificar el cumplimiento tributario de pequeños y medianos contribuyentes. Está disponible para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y para personas morales con hasta 35 millones. Las tasas de ISR van del 1% al 2.5% para personas físicas, significativamente menores que las del régimen general (hasta 35%).

El pago mensual se realiza el día 17 del mes siguiente al periodo declarado y es definitivo para personas físicas —no requiere ajuste anual. Las personas físicas en RESICO no están obligadas a llevar contabilidad electrónica ni a enviarla al SAT, lo que reduce drásticamente la carga administrativa. Sin embargo, sí deben emitir CFDI por todas sus operaciones y tener habilitado su buzón tributario. Cuando el día 17 cae en día inhábil, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

Timeline RESICO SAT 2025

IVA IRPF Sociedades Retenciones Informativas Especiales

Enero

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2024 isr

Febrero

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2024 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2025 isr

Marzo

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2025 isr
  • 18 ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2025 isr

Abril

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2025 isr

Mayo

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2025 isr
  • 19 ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2025 isr

Junio

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2025 isr

Julio

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2025 isr

Agosto

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2025 isr
  • 18 ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2025 isr

Septiembre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2025 isr

Octubre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2025 isr

Noviembre

  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2025 isr
  • 18 ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2025 isr

Diciembre

  • 17 ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2025 isr
  • 17 RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2025 isr

1T 2025

  • 17/1 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual diciembre 2024
  • 17/2 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - diciembre 2024
  • 17/2 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual enero 2025
  • 17/3 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual febrero 2025
  • 18/3 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - enero 2025

2T 2025

  • 17/4 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - febrero 2025
  • 17/4 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual marzo 2025
  • 17/5 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual abril 2025
  • 19/5 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - marzo 2025
  • 17/6 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - abril 2025
  • 17/6 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual mayo 2025

3T 2025

  • 17/7 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - mayo 2025
  • 17/7 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual junio 2025
  • 17/8 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual julio 2025
  • 18/8 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - junio 2025
  • 17/9 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - julio 2025
  • 17/9 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual agosto 2025

4T 2025

  • 17/10 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - agosto 2025
  • 17/10 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual septiembre 2025
  • 17/11 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual octubre 2025
  • 18/11 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - septiembre 2025
  • 17/12 Modelo ISR-PP ISR Pago Provisional - octubre 2025
  • 17/12 Modelo RESICO-MENS RESICO - Pago mensual noviembre 2025

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Obligaciones clave para RESICO

Perfiles fiscales (2025)

Próximos plazos (RESICO)

Preguntas frecuentes sobre el RESICO

¿Qué es el RESICO y quién puede tributar en él?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) está diseñado para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y para personas morales con ingresos de hasta 35 millones. Ofrece tasas reducidas de ISR (del 1% al 2.5% para personas físicas) y un cálculo simplificado con pagos mensuales definitivos. Fue creado en 2022 como parte de la reforma fiscal para facilitar el cumplimiento tributario.

¿Cuándo se pagan los impuestos del RESICO?

Los contribuyentes del RESICO realizan pagos mensuales de ISR a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo declarado. En 2025 se aplican las escalas de tasas fijas publicadas por el SAT en la Ley del ISR. Si el día 17 cae en día inhábil, el plazo se extiende al siguiente día hábil.

¿Debe presentarse declaración anual en el RESICO?

Las personas físicas en RESICO no están obligadas a presentar declaración anual si sus únicos ingresos son los del régimen y han realizado todos sus pagos mensuales. Sin embargo, si obtienen otros ingresos externos al RESICO, deben presentar declaración anual entre enero y abril del año siguiente. Las personas morales en RESICO sí presentan declaración anual en marzo.

¿Qué tasas de ISR aplica el RESICO para personas físicas?

El RESICO para personas físicas aplica tasas fijas progresivas según el ingreso mensual: 1% hasta $25,000 MXN, 1.1% de $25,001 a $50,000, 1.5% de $50,001 a $83,333, y hasta 2.5% para ingresos superiores. Estas tasas son significativamente menores que las del régimen general de personas físicas, donde la tasa marginal puede llegar al 35%.

¿Qué pasa si supero el límite de ingresos del RESICO?

Si una persona física supera los 3.5 millones de pesos de ingresos anuales, el SAT la cambia automáticamente al régimen general de personas físicas a partir del ejercicio siguiente. Para personas morales, el límite es de 35 millones. El cambio implica asumir todas las obligaciones del régimen general, incluyendo contabilidad electrónica y pagos provisionales con coeficiente de utilidad.

¿El RESICO requiere contabilidad electrónica?

Las personas físicas en RESICO no están obligadas a llevar contabilidad electrónica ni a enviarla al SAT, lo que simplifica considerablemente sus obligaciones administrativas. Sin embargo, las personas morales en RESICO sí deben llevar contabilidad electrónica. Ambos tipos de contribuyentes deben emitir CFDI por todas sus operaciones. Consulta todos los plazos en el calendario fiscal completo.